Herederos no domiciliados en Argentina click aquí
Nuestro estudio tiene amplia trayectoria en procesos sucesorios tanto en la Ciudad de Buenos Aires como en la Provincia de Buenos Aires.
Tramitamos sucesiones testamentarias y ab-intestato (sin testamento)
Elaboramos estrategias personalizadas a las necesidades del cliente, con la transparencia, confidencialidad y rápidez que requieren estos tiempos.
Proponemos y gestionamos soluciones rápidas y contundentes a los problemas que acompañan los procesos luego del fallecimiento de un ser querido.
Conciliamos soluciones a la partición de herencias con todos los herederos.
Representamos a herederos domiciliados en el exterior.
Un PROCESO SUCESORIO, una SUCESIÓN, es un proceso judicial en el cual se determina quiénes son los herederos legítimos de una persona fallecida, qué bienes componen el acervo hereditario y la forma de distribuirlos.
Sea que la persona fallecida haya o no dejado un testamento, es necesario iniciar el proceso sucesorio para la distribución y adjudicación a cada heredero de los bienes que le corresponden en herencia.
Para la tramitación de un proceso sucesorio se requiere:
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Certificado de defunción
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Acta de matrimonio -en el caso de que el causante fuera casado-
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Partidas de nacimiento de los herederos.
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Documento Nacional de Identidad de los herederos.
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Escrituras o títulos de los bienes que componen la herencia.
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Certificados de dominio e inhibición
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Valuación fiscal de los bienes.
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Otros instrumentos de acuerdo a los bienes que componen el acervo hereditario (herencia)
Si al cliente le falta alguna documentación, no se preocupe, el Estudio la gestiona por Ud.
Cada proceso sucesorio es diferente. Involucra cuestiones afectivas, emocionales y, obviamente, económicas. Por eso, luego de una entrevista inicial se evalúa el curso más conveniente de acción para tramitar el proceso sucesorio, respetando los tiempos y deseos de los herederos y conviniendo el momento más oportuno para para inscribir y partir la herencia.
Nuestro Estudio se encarga de tramitar y obtener la documentación necesaria para el proceso y que al cliente pudiera faltarle.
Lo ayudaremos a cerrar esta etapa con la diligencia y apoyo que la tarea nos requiere, en un marco de profundo respeto y confidencialidad.
El tiempo que demora el trámite de un PROCESO SUCESORIO, depende de la cantidad de herederos a convocar a la herencia, la presentación de éstos a la causa, la acreditación de los bienes que conforman el acervo hereditario, la tramitación de certificados (que de acuerdo a la jurisdicción puede demorar más tiempo).
En promedio, una vez convocados todos los herederos al trámite procesal, se puede obtener la DECLARATORIA DE HEREDEROS en un plazo de entre tres y seis meses y, a partir de allí, procederse a la partición de la herencia e inscripción de los bienes en los registros correspondientes.
CONSULTAS SIN CARGO
Herencia en Argentina, heredero residente en otro país
En la República Argentina la sucesión de una persona fallecida tramita judicialmente. De acuerdo a la ley Argentina, es compentente para enteder en el Proceso Sucesorio, el juez correspondiente al último domicilio del causante.
Por eso, si Ud. reside fuera de la Argentina y es heredero -o estima serlo- de una persona residente en Argentina que ha fallecido, deberá presentarse en el proceso sucesorio en este país o bien, iniciar tal proceso si es que no existen otros herederos o éstos no lo han iniciado.
¿Necesita viajar a la Argentina para tramitar el proceso sucesorio?
No, no es necesario. Nuestros abogados especialistas en Sucesiones pueden representarlo para que Ud. tramite y reciba la herencia de su familiar fallecido.
En la República Argentina la mayor parte del seguimiento y trámite de los procesos judiciales se realiza de manera digital. Incluso, en el caso de que el Juez de la causa considere necesario celebrar alguna audiencia con el o los herederos, ésta podrá realizarse por medios virtuales con plataformas de fácil acceso como Zoom o Meet. .
Por lo tanto, a pesar de cierta documentación requerida en original, el proceso es -mayormente- digital y, contando con la debida representación de un abogado de su confianza, Ud. no necesitará viajar para el trámite del proceso.
Para facilitar las gestiones y dado que es requisito contar con los documentos y presentaciones con firma ológrafa, cuya remisión postal demoraría el trámite del proceso, es altamente recomendable la concesión de un poder especial administrativo y judicial, con facultades suficientes para que el profesional se presente en la sucesión en carácter de apoderado de los herederos y lleve adelante las gestiones necesarias para finalizar dicho proceso con éxito. El Poder a otorgar faculta al abogado al trámite d ela causa, conteniendo formalidades propias requeridas por la ley para este tipo de proceso, pero no lo autorizará a enajenar ni gravar los bienes que le corresponda a Ud. heredar; sólo lo facultará a la tramitación del proceso sucesorio.
¿Qué documentación se requiere?
Para la tramitación de un proceso sucesorio, en el que heredero reside fuera de la República Argentina, se requiere:
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Certificado de defunción (Se obtendrá en Argentina)
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Acta de matrimonio -en el caso de que el causante fuera casado-. Este documento se obtendrá en Argentina en el caso de que el matriminio hubiera sido celebrado en el país.
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Partidas de nacimiento de los herederos. Estos documento se obtendrán en Argentina en el caso de que el nacimiento hubiera ocurrido en el país.
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Documento Nacional de Identidad de los herederos. (copia)
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Escrituras o títulos de los bienes que componen la herencia y que se hallen en la República Argentina. Estos documentos deben ser aportados por el heredero. En el caso de contar con ellos, el Estudio gestionará los certificados de dominio y, eventualmente, los testimonios d ela escrituras.
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Certificados de dominio e inhibición (los gestionará el Estudio ante los entes correspondientes)
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Valuación fiscal de los bienes. (Las gestionará el Estudio ante los entes correspondientes)
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Otros instrumentos de acuerdo a los bienes que componen el acervo hereditario (herencia)
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Porde Judicial para trámite de Sucesión. Dberá gestionarlo el heredero en su país de residencia, preferentemente ante el Consuldo Argentino correspondiente a su domicilio, y conforme la minuta (modelo) de Poder que le será enviada por el Estudio. La emisión de Poder ante el Consulado Argentino, facilita su legalización a los efectos de su presentación en el proceso.
Si le falta alguna documentación, no se preocupe, el Estudio la gestionará por Ud. o le indicará de forma precisa cómo obtenerla.
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Todas sus consultas e informes sobre el avance de la causa, las conversaremos en reuniones virtuales através de la plataforma de su comodidad.
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